lunes, 29 de abril de 2019

EDUCATIVO

 




Marco legislativo 


Constitución de 1991 

          Según Beltrán (2015).  En la constitución de 1991 en el artículo 67 es considerada la educación como un derecho para todas las personas, desde los 5 años hasta los 15 años de edad teniendo en cuenta la disponibilidad, aceptabilidad, adaptabilidad y accesibilidad.           En los artículos 3, 13, 47, 54 y 68 se instauran las condiciones estableciéndose las disposiciones específicas de la atención en salud, educación y empleo para este colectivo. Reconociendo y se garantizando a nivel educativo la igualdad, protección, y la atención educativa a las personas con discapacidad.     



Ley 115 de Febrero 8 de 1994

       Ley 115 de 1994. TITULO I, Art. 1, 5.  Objeto de la ley se fundamenta en el Artículo 67 de la Constitución Política, en estos se define y además se organiza el sistema educativo en todos niveles a la población diversa: étnicos, a personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales, y a personas que requieran rehabilitación social.(ley 115 de 1994)
   TITULO II Estructura del servicio educativo CAPITULO 1° Educación Formal SECCION PRIMERA Disposiciones comunes en el Art. 13. Objetivos comunes de todos los niveles. En este se menciona la práctica de los derechos humanos respetando la autonomía, autoestima, la equidad de los sexos, la armonía  fomentando asi la identidad cultural de los grupos étnicos. 
     Ley 115 de 1994. CAPITULO 3 Educación para grupos étnicos Art. 55. 56. 57.58. 59.60. 61.62.63 En este se Define de etnoeducación. Donde el establecimiento educativo tendrá que velar por la integralidad, interculturalidad, diversidad lingüística, participación comunitaria, flexibilidad y progresividad con la capacitación etnoeducadores ajustando los currículos, planes y proyectos con la celebración de contratos para la prestación de servicios educativos en concertación con las autoridades territoriales indígenas y de grupos étnicos.(ley 115 de 1994)    
       Ley 115 de 1994. Art. 14. En uno de sus numerales reza que la educación sexual desde la individualidad según la edad  teniendo en cuenta las necesidades psíquicas, físicas y afectivas.
      Ley 115 de 1994.  SECCION TERCERA Educación básica en el Art.21. En uno de los objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria. donde se debe respetar “lengua castellana y también en la lengua materna, en el caso de los grupos étnicos con tradición lingüística propia, así como el fomento de la afición por la lectura”. 
     Ley 115 de 1994. CAPITULO 4 Educación campesina y rural Art. 64. 65. 66. 67 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional y las entidades territoriales promoverán un servicio de educación campesina y rural, formal, no formal, e informal. Proporcionando una formación actividades propias del campo para mejorar la calidad de vida, diseñando proyectos, planes y acciones según la región y la zona rural para la formación técnica.
   Ley 115 de 1994.Art 46 La educación de las personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades 'intelectuales excepcionales, es parte integrante del servicio público educativo.
      Ley 1098 de 2006. Art 36. Todo niño, niña o adolescente que presente algún tipo de discapacidad tendrá derecho a la educación gratuita.
    Decreto 366, 2009. Decreta las directrices del servicio del personal de  apoyo y el rol  pedagógico   para la atención a estudiantes con discapacidad, en el marco de la educación inclusiva. 
    Decreto   1421 de 2017. Reglamentó en el marco de la educación inclusiva y la atención educativa a la población con discapacidad.


Marco Teorico 


    Según el Ministerio de Educación Nacional (2008), la educación cumple un rol inclusivo en la construcción de la identidad de los niños, niñas y jóvenes generando igualdad de oportunidades para favorecer la diversidad que se traduce en una riqueza dada por la pluralidad que se encuentran en las Instituciones Educativas. Esto se da desde la constitución de 1991, ya que los derechos humanos y la ley general de educación de 1994 tiene el objetivo de garantizar que todos los estudiantes en el ámbito escolar tengan la misma oportunidad desde el enfoque diferencial llevando a la concientización a la comunidad frente a la diversidad con una mirada sistémica (Estudiante-Familia-institución educativa- sociedad). 




Realidad colombiana 





    Desde hace un tiempo la educación en Colombia rompe los paradigmas tradicionales e inicia un proceso de la escuela inclusiva y el enfoque diferencial, primando una educación de atención educativa pertinente y de calidad a todos los niños, los adolescentes y los adultos desde el reconocimiento de los derechos , en el contexto amplio de la diversidad y la educación para todos de fácil acceso para potenciar las fortalezas y habilidades, evitando así prácticas de marginalización, segregación y exclusión. Asimismo, es preciso empoderar a la comunidad educativa, incluida la familia, para unir esfuerzos, con el fin de potenciar el aprendizaje con diversas estrategias pedagógicas, emocionales y sociales.

En Colombia se han venido trabajando a nivel educativo los procesos inclusivos, el gobierno ha llevado procesos de sensibilización, capacitaciones a la comunidad educativa esto desde los diferentes decretos que han promovido este tema. Ministerio de Educación ha realizado evaluación y caracterización de las diferentes condiciones en las aulas de los colegios estatales cuyos datos se han registrado en la base de datos de las secretarias de educación (SIMAT) esta ha facilitado en los colegios un seguimiento de la población ya que se ha detectado que es una población flotante.



Propuesta Interdisciplinaria


El equipo interdisciplinario es vital en el proceso de inclusión educativa en este participa el médico, neuropediatra, psicólogo, terapeutas, trabajadores sociales y educadoras especiales Y/o psicopedagogas, y los profesionales que sean pertinentes según las necesidades del niño, niña, joven., en este proceso de inclusión se consideran los padres de familia, el profesor y el sujeto agentes primarios 
El Objetivo de la intervención interdisciplinaria  es potencializar los niveles de aprendizaje según las necesidades del estudiante  primero se realiza el  diagnostico con el profesional que corresponda luego será evaluado de forma individual por el equipo interdisciplinario   teniendo en cuenta las capacidades y necesidades individuales, y  si se requiere según el caso particular  del estudiante se  diseñaran los  Planes individuales de ajustes razonables (PIAR).
Puntos claves a desarrollar en el proceso inclusivo desde la interdisciplinariedad.
  •  Desarrollar con la comunidad educativa procesos de sensibilización de la educación inclusiva en el aula.
  • Trabajar de forma mancomunada con los sectores de educativos, de recreación, ocupación del tiempo libre, salud etc.
  •  Caracterización pedagógica de la población vulnerable con el fin de fortalecer los procesos inclusivos.
  •  Con un equipo disciplinario y los profesionales de apoyo diseñar y llevar a cabo actividades de empoderamiento a las familias, docentes, personal administrativo y demás integrantes de la comunidad educativa frente a la educación inclusiva. 
  • Capacitar a los docentes para abordaje de la inclusión desde la pedagogía sin juzgar las limitaciones.
  •  Agenciar diversos apoyos para potenciar el aprendizaje.  
  • Asumir retos en los procesos inclusivos.
  • Ser agentes socializadores en los procesos inclusivos en el ámbito escolar.
  •  Los estudiantes deben participar en igualdad de oportunidades.
  • Los apoyos pedagógicos según las necesidades del estudiante.
  • Los ajustes razonables requeridos por el estudiante.
  • Diseño de un currículo flexible, abierto, simultaneo, cooperativo.
  • Evaluar y realizar un plan de mejoramiento en el proceso inclusivo escolar de forma periódica.
  • Infraestructura para que los estudiantes tengan fácil acceso a todo el plantel educativo
  • Eliminación de barreras actitudinales.


Ibero Incluye 

       Para los estudiantes en modalidad virtual se brinda una seccion de apoyo en esta se deberia incluir un interprete de lengua de señas adicional subtitulos para las personas sordas o con limitaciones auditivas.

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